¿Qué podemos hacer cada una de las personas, desde nuestra posición como empleadas o empleados públicos, para impulsar la igualdad entre mujeres y hombres?
El PRINCIPIO DE IGUALDAD al que alude la Constitución Española en el artículo 14 : “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Se desarrolla en diversas leyes y normas con rango de ley. El EBEP apunta al PRINCIPIO DE IGUALDAD en el artículo 52 o el artículo 55. Más explícitamente, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres , alude en diversos artículos al PRINCIPIO DE IGUALDAD. Artículo 5. Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo. Y habla de PLANES DE IGUALDAD en el artículo 45 y siguientes. Gracias a la formación sobre igualdad entre mujeres y hombres, he tenido acceso a conceptos que desconocía y, al mismo tiempo, he ampliado otros. También hemos ha...